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Comisión de Constitución de la Cámara votará este martes séptimo retiro de AFP

La instancia está citada para votar en general y particular el proyecto que agrupa a cuatro mociones refundidas que establecen un nuevo retiro de fondos de pensiones. 

TVN.cl

Lunes 26 de agosto de 2024

Para este martes está citada la sesión de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados donde se votará en general y particular el denominado séptimo retiro de AFP, proyecto que agrupa a cuatro mociones refundidas que establecen un nuevo retiro de fondos de pensiones. 

La instancia, presidida por el diputado independiente Miguel Ángel Calisto, determinó centrar el debate en solo cuatro de los proyectos presentados, los cuales se enfocan directamente en la idea matriz del retiro de fondos.

"Para este martes esperamos poder votar en general y particular el proyecto de retiro del 10% de los ahorros previsionales. Para nosotros es un proyecto importante, son cuatro mociones parlamentarias que fueron fusionadas y esperamos resolverlo este martes en una sesión donde además se acompañará con algunas exposiciones de organizaciones que estarán a favor y en contra de esta iniciativa”, señaló el diputado Calisto.

¿Cuáles son las 4 propuestas de séptimo retiro AFP que se fusionarán?

  • Proyecto de René Alinco (IND), Jaime Araya (IND) y Gaspar Rivas (PDG). Autoriza un único retiro, sin especificar monto o límites, para afiliados a las AFP, pensionados de rentas vitalicias y exonerados políticos.
  • Proyecto de Enrique Lee (PRI). Permite un retiro de hasta un 15% del total de los ahorros previsionales.
  • Proyecto de Enrique Lee. Además de la autorización de un 15% para administración directa, extiende la posibilidad hasta el 50% de los fondos para dar el pie o constituir el ahorro para optar a la primera vivienda.
  • Proyecto de Roberto Arroyo (IND) y Ricardo Cifuentes (DC). Permite destinar parte o el total de los fondos para solventar los gastos no cubiertos por su sistema de salud y/o seguros, respecto de enfermedades catastróficas del cotizante y/o de sus familiares directos. Además, se posibilita destinar estos dineros para solventar morosidades de créditos hipotecarios, después de que opere el seguro respectivo, cuando se encuentre, el cotizante en cesantía y se encuentre en riesgo de perder su único bien inmueble.