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Amplían rango de beneficiarios y monto PGU: ¿de cuánto será la ayuda?

El proyecto de ley corta busca que el beneficio pueda ser entregado a más de 70 mil nuevos beneficiarios y beneficiarias.

TVN.cl

Jueves 19 de enero de 2023

Este miércoles se aprobó la Ley Corta PGU (Pensión Garantizada Universal) y que amplía el acceso de beneficiarios a la pensión.

El proyecto de ley, que ya fue despachado del Congreso, busca que el beneficio pueda ser entregado a más de 70 mil nuevos beneficiarios y beneficiarias.

Aquello, considerando a personas mayores pertenecientes al 90% de menores ingresos en el país. Actualmente, se calcula en base al 90% de los adultos mayores. 

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, valoró la aprobación detallando que tiene un costo fiscal de 170 millones de dólares anuales y financiado con recursos del presupuesto. "Con esto cumplimos uno más de los compromisos que se asumieron durante la tramitación en la tramitación de presupuesto".

¿Cuánto aumentará el beneficio en febrero?

El monto de la PGU subirá de $193.917 a $206.173 pesos mensualespara quienes lo reciben en su totalidad y  se verá reflejado en los pagos de febrero

Este incremento corresponde a un reajuste de los montos según el IPC de junio-diciembre 2022, según lo instruido por la Superintendencia de Pensiones, en virtud de la normativa vigente. 

¿Cómo postular a la PGU?

El IPS destacó la importancia de para postular a este beneficio. Patricio Coronado, director de la entidad, hizo un llamado a que "todas las personas cuando cumplan 65 años no dejen de consultar por los requisitos para la PGU, y hagan su solicitud cuando corresponda".

La PGU podrá ser solicitada por las personas que tengan 65 años o más de edad, estén o no pensionadas, siempre que cumplan los demás requisitos legales. El trámite podrán realizarlo de diferentes formas: 

  1. En línea, por el sitio www.chileatiende.cl, con la ClaveÚnica.
  2. En las 194 sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS.
  3. A través de la sucursal virtual del organismo, desde el sitio web ChileAtiende.
  4. En las municipalidades en convenio con el IPS.
  5. En las AFP o compañías de seguros a la que estén afiliadas las personas.