Ya comenzaron las elecciones municipales 2024, que son de voto obligatorio y que buscan la elección de los próximos gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales.
Las dudas en este contexto son muy comunes, no siempre están claras las diferencias entre los votos nulos y blancos, y si es que estos tienen alguna incidencia en los resultados.
Tanto la definición del voto nulo como la del voto en blanco están consignadas en el artículo 77 de la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
¿Qué es el voto nulo?
Respecto al voto nulo, la normativa indica que "serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas".
La ley además dice que la mesa dejará constancia, al dorso de ellas, "del hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado por vocales o apoderados de esta decisión".
¿Qué es el voto en blanco?
En contraste a los votos nulos, en el cual se realiza acción ante la papeleta, el voto en blanco alude a cuando no se marca ninguna preferencia.
La legislación advierte que "se escrutarán como votos en blanco las cédulas que aparecieren sin la señal que indique una preferencia por candidato u opción del elector, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas".