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Subsidio Único Familiar: cuál es su monto y cómo hacer el trámite

El beneficio está destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable y que no están en condición de proveer por sí solas.

TVN.cl

Martes 14 de febrero de 2023

Uno de los beneficios proporcionados por el Estado es el Subsidio Único Familiar, también conocido como SUF, el cuál está destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).

Según aclaran desde el Instituto de Previsión Social (IPS), el trámite para acceder a este beneficio se puede hacer durante todo el año.

¿Cuál es el monto?

De acuerdo con la mencionada entidad, este beneficio es de $16.828 por carga familiar, ascendiendo a $33.656 en el caso de las personas con discapacidad.

Cabe mencionar que en enero, el Presidente Gabriel Boric busca aumentar en un 20% el valor del SUF. Esto implicaría un aumento de hasta $3.500 mensuales por carga, es decir, $20.328. Sin embargo, está sujeto a aprobación del Congreso.

¿A quién está dirigido?

Según ChileAtiende, son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

¿Cómo hacer el trámite?

Para postular al SUF, tendrás que ir directamente a tu municipalidad, en donde suelen pedir los siguientes papeles, según ChileAtiende:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

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