Uno de los beneficios proporcionados por el Estado es el Subsidio Único Familiar, también conocido como SUF, el cuál está destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Según aclaran desde el Instituto de Previsión Social (IPS), el trámite para acceder a este beneficio se puede hacer durante todo el año.
¿Cuál es el monto?
De acuerdo con la mencionada entidad, este beneficio es de $16.828 por carga familiar, ascendiendo a $33.656 en el caso de las personas con discapacidad.
Cabe mencionar que en enero, el Presidente Gabriel Boric busca aumentar en un 20% el valor del SUF. Esto implicaría un aumento de hasta $3.500 mensuales por carga, es decir, $20.328. Sin embargo, está sujeto a aprobación del Congreso.
¿A quién está dirigido?
Según ChileAtiende, son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
¿Cómo hacer el trámite?
Para postular al SUF, tendrás que ir directamente a tu municipalidad, en donde suelen pedir los siguientes papeles, según ChileAtiende:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.